Cooperadoras y comedores

T�tulo

Promoción de Cooperadoras

Las asociaciones cooperadoras reconocidas por el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires son una herramienta indispensable para el desarrollo del sistema educativo, ya que constituyen el espacio por excelencia de participación de los padres como integrantes activos de la comunidad educativa.

El sistema educativo debe ser pensado como un sistema integral: la calidad pedagógica, edilicia, humana y solidaria hacen al todo, y desde esta perspectiva, las cooperadoras constituyen un elemento clave y necesario para que el sistema, en su conjunto, funcione.

Dentro del Ministerio de Educación del GCBA, la Dirección General de Proyectos y Servicios a las Escuelas es la responsable de instrumentar la política hacia las Cooperadoras.

En la actualidad funcionan, en la Ciudad de Buenos Aires, 711 cooperadoras escolares. El funcionamiento de las mismas esta regido por la ordenanza 35.514.

Formación de una Nueva Cooperadora

Asamblea Anual Ordinaria

Introducción:
De acuerdo con lo establecido por el Art. 15, de la Ordenanza Nº 35.514 (B.M.Nº 16.208), la Asamblea Anual Ordinaria se realizará como mínimo una vez al año, a partir de los noventa (90) días del comienzo del ciclo lectivo, a efectos de realizar la distribución de cargos y período de mandato de los miembros necesarios para que la misma funcione de acuerdo con las normas establecidas por dicha Ordenanza.

Convocatoria:
La Comisión Directiva deberá llamar a Asamblea Anual Ordinaria, con una anticipación de diez (10) días a la fecha de su realización, mediante Convocatoria con la Orden del Día. En la misma deberá constar la lectura y aprobación de la Memoria y el Balance del año anterior. La Convocatoria a la Asamblea Ordinaria con la Orden del día se remitirá, vía jerárquica, al Departamento Promoción de Cooperadoras. La Memoria Anual y el Balance deberán enviarse al Departamento Control Contable, con anticipación a la realización de la misma.

En la circular de la Convocatoria se expresará claramente todos los puntos a tratar en la Asamblea. Se exhibirá en lugar visible y remitir a la comunidad mediante cuaderno de comunicaciones. De no hacerlo se podría derivar en la nulidad de la misma.

Balance:
El Balance anual (o Cuadro Demostrativo de Recursos y Gastos), es el documento que refleja la totalidad de los ingresos (subsidios y fondos propios) y de los egresos de una Asociación Cooperadora, como así también los saldos provenientes del ejercicio inmediato anterior y los que pasan al ejercicio posterior.


A continuación, al hacer clic en cada uno de los botones siguientes, encontrará un instructivo sobre dicho documentos en el primero de ellos y el formulario que indefectiblemente debe ser usado para la confección del cuadro en el otro botón.

Padrones:
Todos los socios que tiene voz y voto podrán anotarse en el mismo, que deberá estar expuesto en lugar visible. Aquellos socios que no estén en el padrón deberán hacer el reclamo correspondiente. Los socios morosos o que no tienen su cuota social al día podrán, si así lo desean, hacer el pago hasta 48 horas antes de la Asamblea. Quien no lo hiciera solo tendrá voz y no voto. La claridad de los padrones garantizará la no nulidad de la Asamblea.

Asistencia:
Antes del comienzo de la Asamblea Ordinaria, se habilitará el Registro de Asistencia, en donde los presentes volcarán sus datos personales, su firma y aclaración de parentesco con alumno regular. Las personas que lleguen una vez comenzada la Asamblea solo podrán tener voz y voto de los puntos y temas posteriores a su ingreso.

Quórum:
Transcurridos los treinta (30) minutos reglamentarios posteriores a la hora fijada para inicio de la Asamblea, el Secretario de la misma recabará si el Quórum es el suficiente para sesionar, caso contrario, se podrá sesionar con los presentes, siempre y cuando el Estatuto vigente del Establecimiento lo permita. Deberá constar en Actas.

Apertura de la Asamblea:
La misma se realizará por el Presidente y Secretario de la Comisión Directiva, con la presencia del Asesor/a del Establecimiento. Cumplido los puntos de designación de Presidente, Secretario y Secretario de Actas de la Asamblea, serán ellos los encargados de la prosecución de la misma.

Elección de Comisión Directiva:
En la Asamblea se deberán elegir tres socios activos para conformar la Comisión Revisora de Cuentas. Se anotarán los postulantes para cubrir los cargos que deban ser removidos o estén acéfalos en la Comisión Directiva, según conste en el Orden del Día.

  • Se procederá a la designación de cinco asistentes para la conformación de la Comisión de Comedor, si la hubiere.
  • Se procederá a la designación de tres asistentes para conformar la Comisión de Becas.

Caja Chica – Cuota Social :
Se establecerá el monto de la Caja Chica y se explicará su implementación. Se pondrá a consideración de los asistentes el monto a fijar de la cuota social y forma de pago del año en curso. Se fijará el día y la hora de la primer reunión de Comisión Directiva y se dará por finalizada la Asamblea.

Reunión de Comisión Directiva para distribuir cargos:

  1. Se recomienda realizar la reunión de Comisión Directiva para distribución de cargos, luego de finalizar la Asamblea Ordinaria, y donde asumirán los nuevos miembros.
  2. Se determinará los cargos que ocupará cada miembro mediante votación. Se tendrá en cuenta que todos los cargos de la Comisión Directiva se distribuyen en esa reunión, incluidos los ya ocupados, siendo que un miembro que fue electo como Presidente anteriormente, puede seguir en su cargo hasta cumplir su mandato o pasar a ocupar otro cargo si la mayoría de la Comisión Directiva mediante votación, así lo decide.

Se fijará día y fecha de las próximas reuniones mensuales que realizará la Comisión Directiva

Funciones de la Comisión Directiva:
La Comisión Directiva es el organismo responsable de la administración de la Asociación Cooperadora. Sus funciones están específicamente establecidas en el Estatuto Social de la entidad, detallándose allí mismo las atribuciones de cada uno de sus integrantes. A continuación se recordarán los aspectos más importantes del funcionamiento de la Comisión Directiva.

Es importante aclarar que los aspectos mencionados en el presente apartado fueron confeccionados tomando como base procedimientos establecidos en la mayoría de los Estatutos de las Asociaciones Cooperadoras de establecimientos educativos públicos de la Ciudad de Buenos Aires. Es por ello que se recomienda dar lectura al Estatuto de cada Asociación Cooperadora en particular, ya que podrían existir diferencias de forma con lo que aquí se expresa.

Asesor Docente:
El Director / Rector / Coordinador del establecimiento educativo ejerce el rol de Asesor de la Asociación Cooperadora y de la Comisión Directiva. Su presencia en las reuniones resulta necesaria, por lo que debe ser notificado de toda reunión. En caso que éste no pueda asistir a una determinada reunión, deberá delegar dicha responsabilidad en otro directivo del establecimiento educativo, quien ocupará su lugar en la citada sesión.

Cuando el Asesor esté notificado de la reunión y no hubiera asistido o nombrado reemplazante, la Comisión Directiva podrá sesionar si reúne el quórum reglamentario y tomar decisiones válidas sin inconvenientes. Las decisiones que se hubieran adoptado en ausencia del mismo deben ser comunicadas a éste dentro de las 24 hs. hábiles a los efectos de su conocimiento y consideración. La ausencia del Asesor o reemplazante no constituye impedimento para la realización de las sesiones de la Comisión Directiva y la toma de decisiones.

Inasistencias:
Los miembros titulares de la Comisión Directiva tienen el derecho y deber de participar de las reuniones de dicho órgano. Cuando alguno de sus integrantes falte a tres (3) reuniones ordinarias consecutivas o a cinco (5) durante el año, podrán ser dados de baja por resolución de la Comisión Directiva. En estos casos, el miembro dado de baja deberá ser reemplazado en el orden estatutario establecido (ver Redistribución de Cargos). La baja de los integrantes de la Comisión Directiva debe ser notificada fehacientemente a la persona afectada dentro de los 10 días corridos de la sesión en que se tomó dicha determinación.

Redistribución de Cargos:
Por renuncia, fallecimiento, expulsión o baja:
Cuando opere alguno de estos supuestos, la Comisión Directiva deberá re distribuir las funciones de sus integrantes de acuerdo al orden en que figuran los cargos en el Estatuto de la Asociación Cooperadora. El primer Vocal Suplente pasará a ocupar el cargo de último Vocal Titular.

En algunas Asociaciones Cooperadoras los cargos de Prosecretario o Protesorero no existen, por lo que se recomienda verificar el orden de reemplazos establecido en el Estatuto Social de cada entidad. Cuando la persona que ocupa el cargo inmediato inferior no esté en condiciones de asumir un reemplazo, subirá a ese cargo el inmediato inferior del citado.

Este tipo de redistribución de cargos deberá constar en actas y detallarse fehacientemente los motivos y las decisiones adoptadas.

Por licencia:
En este supuesto, que se trata de una vacante transitoria, ocupará el lugar del ausente el inmediato inferior. (Ej.: El Presidente es reemplazado por el Vice; el Secretario por el Prosecretario y el Tesorero por el Protesorero. Los Vocales Titulares por los suplentes).

Renuncias:
Cuando alguno de los integrantes de la Comisión Directiva presente su renuncia, podrá hacerlo verbalmente en la reunión de Comisión Directiva y se labrará un acta con su firma al pie, dejando constancia de los motivos de su decisión. También se podrá renunciar por escrito, debiéndose transcribir en el Libro de Actas la nota presentada.

En caso de que algún miembro presentara su renuncia a la Comisión Directiva, y estuviera desempeñando un cargo de jerarquía (Ej.: Presiente, Secretario y Tesorero), se le deberá exigir que entregue toda la documentación que pudiera tener perteneciente a la entidad, y que la misma se encuentre perfectamente ordenada hasta la fecha de su dimisión.

Acefalía:
Cuando la mitad más uno de los miembros titulares de la Comisión Directiva hubiera renunciado, fallecido o dados de baja, y hubiesen sido llamados todos los vocales suplentes a ocupar cargos titulares sin que se pudiera reunir el quórum reglamentario pata funcionar, los integrantes que permanezcan en funciones deberán informar dentro de los 10 días corridos desde la fecha de la última sesión de Comisión Directiva y llamar y convocar en un plazo de 15 días a Asamblea General Extraordinaria a los efectos de cubrir las vacantes.

Documentación:
Cuando se produzcan modificaciones en la integración de la Comisión Directiva de la Asociación Cooperadora, se deberá enviar por intermedio de la Dirección del establecimiento educativo a la Dirección General de Cooperadoras y Comedores Escolares - Depto. Promoción de Cooperadoras, el formulario oficial de autoridades (Formulario de Información Anual) y copia del acta donde se asienten los cambios. Queda exento el envío de documentación cuando se produzcan cambios por pedidos de licencia en la Comisión Directiva.

Asimismo, cada vez que se realice la Asamblea Anual Ordinaria, deberá enviarse a dicho Departamento la Planilla de Información Anual (en original), fotocopia autenticada por la Conducción Docente del Acta de la Asamblea y el formulario de Traspaso de Documentación (en original).

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